Art. 9
Derogación
En vigor desde 18 oct 2013
Artículo 9
Derogación
1. El Reglamento (CE) no 1027/2006 (BCE/2006/8) queda derogado con efectos a partir del 1 de enero de 2015.
2. Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento y se interpretarán de acuerdo con el cuadro de correspondencias del anexo IV.
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