Art. 206
Delegación de poderes
En vigor desde 9 oct 2013
Artículo 206
Delegación de poderes
Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 284, con el fin de determinar:
a)
los casos en que las mercancías se consideren devueltas en el mismo estado en que fueron exportadas
b)
los casos concretos a que se refiere el artículo 175.
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