Art. 126 · Delegación de poderes

Art. 126

Delegación de poderes

En vigor desde 9 oct 2013
Artículo 126 Delegación de poderes Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 284 con el fin de determinar la lista de incumplimientos que no tengan un efecto significativo sobre la correcta aplicación del régimen aduanero de que se trate, y de completar lo dispuesto en el artículo 124, apartado 1, letra h), inciso i).
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