Art. 23 · Entrada en vigor y aplicación

Art. 23

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 25 jul 2013
Artículo 23 Entrada en vigor y aplicación El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de septiembre de 2013. Los artículos 3 y 4 se aplicarán a partir del 1 de marzo de 2015.
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