Art. 1

Art. 1

En vigor desde 16 jul 2013
Artículo 1 El pliego de condiciones de la denominación de origen protegida «Oignon doux de Cévennes» queda modificado de conformidad con el anexo I del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2013:686:oj#art-1