Art. 3

Art. 3

En vigor desde 12 jul 2013
Artículo 3 El preparado especificado en el anexo y los piensos que lo contengan que hayan sido producidos y etiquetados antes del 2 de febrero de 2014 de conformidad con las normas aplicables antes del 2 de agosto de 2013 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias.
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