Art. 3
Requisitos de diseño ecológico
En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 3
Requisitos de diseño ecológico
Los requisitos de diseño ecológico para los ordenadores y los servidores informáticos figuran en el anexo II.
La conformidad de los ordenadores y los servidores informáticos con los requisitos de diseño ecológico aplicables se medirá de conformidad con los métodos expuestos en el anexo III.
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