Art. 91 · Excepciones

Art. 91

Excepciones

En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 91 Excepciones 1.   Las acciones de empresas distintas de aquellas a las que se refiere el artículo 89, apartado 1, letras a) y b), no se incluirán en el cálculo de los límites de capital admisible que se especifican en dicho artículo si se da alguna de las siguientes circunstancias: a) las acciones se poseen temporalmente durante una operación de asistencia financiera como se estipula en el artículo 79; b) dichas acciones constituyen una posición de aseguramiento mantenida durante cinco o menos días hábiles; c) las acciones se poseen en nombre de la entidad y por cuenta de otros terceros. 2.   Las acciones que no tengan el carácter de inmovilizaciones financieras a que se refiere el artículo 35, apartado 2, de la Directiva 86/635/CEE no se incluirán en el cálculo previsto en el artículo 89.
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