Art. 75 · Requisitos de las deducciones y el vencimiento de las posiciones cortas

Art. 75

Requisitos de las deducciones y el vencimiento de las posiciones cortas

En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 75 Requisitos de las deducciones y el vencimiento de las posiciones cortas Los requisitos de vencimiento para las posiciones cortas a que hacen referencia los artículos 45, letra a), 59, letra a), y 69, letra a), se considerarán de aplicación respecto a las posiciones que se posean cuando se cumplan las siguientes condiciones: a) que la entidad tenga un derecho contractual de vender en una fecha futura específica a la contraparte que facilite la cobertura la posición larga que se está cubriendo; b) que la contraparte que facilita la cobertura a la entidad esté obligada contractualmente a adquirir a la entidad la posición larga contemplada la letra a) en una fecha futura específica.
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