Art. 454 · Aplicación de los métodos avanzados de cálculo al riesgo operativo

Art. 454

Aplicación de los métodos avanzados de cálculo al riesgo operativo

En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 454 Aplicación de los métodos avanzados de cálculo al riesgo operativo Las entidades que utilicen los métodos avanzados de cálculo establecidos en los artículos 321 a 324 para el cálculo de sus requisitos de fondos propios por riesgo operativo harán pública una descripción del uso de los seguros y otros mecanismos de transferencia del riesgo a efectos de la reducción de dicho riesgo.
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