Art. 324 · Clasificación de los tipos de casos generadores de pérdidas

Art. 324

Clasificación de los tipos de casos generadores de pérdidas

En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 324 Clasificación de los tipos de casos generadores de pérdidas Los tipos de eventos de pérdidas a los que se refiere el artículo 322, apartado 3, letra b), serán los siguientes: Cuadro 3 Tipo de evento Definición Fraude interno Pérdidas derivadas de algún tipo de actuación encaminada a cometer fraude, apropiarse de bienes indebidamente o eludir el cumplimiento de regulaciones, leyes o políticas empresariales, excluidos los casos de diversidad/discriminación, en que se encuentre implicado, al menos, un representante de la alta administración, un cargo. Fraude externo Pérdidas derivadas de algún tipo de actuación encaminada a cometer fraude, apropiarse de bienes indebidamente o eludir el cumplimiento de la legislación, por parte de un tercero. Relaciones laborales y seguridad en el puesto de trabajo Pérdidas derivadas de actuaciones incompatibles con la legislación o acuerdos sobre empleo, higiene o seguridad en el trabajo, del pago de reclamaciones por daños personales, o de eventos de diversidad/discriminación. Clientes, productos y prácticas empresariales Pérdidas derivadas del incumplimiento involuntario o negligente de una obligación profesional frente a clientes concretos (incluidos requisitos fiduciarios y de adecuación), o de la naturaleza o diseño de un producto. Daños a activos materiales Pérdidas derivadas de la pérdida o los daños sufridos por los activos materiales como consecuencia de desastres naturales u otras circunstancias. Incidencias en el negocio y fallos en los sistemas Pérdidas derivadas de incidencias en el negocio y de fallos en los sistemas. Ejecución, entrega y gestión de procesos Pérdidas derivadas de errores en el procesamiento de operaciones o en la gestión de procesos, así como de relaciones con contrapartes comerciales y proveedores.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2013:575:oj#art-324