Art. 3 · Aplicación de requisitos más estrictos por parte de las entidades

Art. 3

Aplicación de requisitos más estrictos por parte de las entidades

En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 3 Aplicación de requisitos más estrictos por parte de las entidades El presente Reglamento no será obstáculo para que las entidades posean fondos propios y componentes de fondos propios por encima de lo exigido por el presente Reglamento, o apliquen medidas más estrictas que las previstas en el mismo.
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