Art. 267 · Utilización de las evaluaciones crediticias realizadas por las ECAI

Art. 267

Utilización de las evaluaciones crediticias realizadas por las ECAI

En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 267 Utilización de las evaluaciones crediticias realizadas por las ECAI Las entidades podrán utilizar evaluaciones crediticias para determinar la ponderación de riesgo de una posición de titulización únicamente cuando la evaluación crediticia haya sido emitida o refrendada por una ECAI de conformidad con el Reglamento (CE) no 1060/2009.
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