Art. 252 · Entidades originadoras y patrocinadoras

Art. 252

Entidades originadoras y patrocinadoras

En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 252 Entidades originadoras y patrocinadoras Para una entidad originadora o patrocinadora, las exposiciones ponderadas por riesgo calculadas con respecto a sus posiciones en una determinada titulización podrán limitarse a las exposiciones ponderadas por riesgo que se calcularían para las exposiciones titulizadas si no se hubieran titulizado, suponiendo que se aplique una ponderación de riesgo del 150 % a los elementos siguientes: a) todos los elementos que se encuentren actualmente en situación de impago; b) todos los elementos ligados a un riesgo particularmente elevado conforme al artículo 128 entre las exposiciones titulizadas.
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