Art. 187
Procesos y controles de gestión del riesgo
En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 187
Procesos y controles de gestión del riesgo
Con respecto al desarrollo y utilización de modelos internos a efectos de requisitos de fondos propios, las entidades deberán establecer políticas, procedimientos y controles que garanticen la integridad del modelo y de los procesos de modelización. Estas políticas, procedimientos y controles incluirán los siguientes aspectos:
a)
plena integración del modelo interno dentro del conjunto de sistemas de información a la dirección de la entidad y en la gestión de la cartera de renta variable incluida en la cartera de inversión. Los modelos internos estarán completamente integrados en la infraestructura de gestión del riesgo de la entidad, especialmente cuando se utilicen para medir y evaluar el rendimiento de la cartera de renta variable (incluido el rendimiento ajustado al riesgo), asignar capital económico a exposiciones de renta variable y evaluar la adecuación global de los fondos propios y el proceso de gestión de la inversión;
b)
sistemas de gestión, procedimientos y unidades de control al objeto de garantizar un examen periódico e independiente de todos los elementos del proceso interno de modelización, que incluya la aprobación de las revisiones de los modelos, la revisión de los argumentos y el examen de sus resultados, como por ejemplo la comprobación directa de los cálculos del riesgo. Estos exámenes deberán evaluar la precisión, exhaustividad y adecuación de los parámetros y resultados de los modelos y dedicarse a buscar y limitar posibles errores asociados a fallos conocidos del modelo, así como a detectar fallos desconocidos. Podrán realizar dichos exámenes bien una unidad interna independiente, bien un tercero externo independiente;
c)
sistemas y procedimientos adecuados para el seguimiento de los límites a la inversión y las exposiciones a riesgos de renta variable;
d)
las unidades encargadas de diseñar y aplicar el modelo serán funcionalmente independientes de las unidades responsables de la gestión de las inversiones individuales, y
e)
el personal responsable de cualquiera de los aspectos del proceso de modelización deberá estar debidamente capacitado. La dirección del banco deberá asignar personal suficientemente competente y cualificado a las labores de modelización.
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