Art. 143
Autorización para utilizar el método IRB
En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 143
Autorización para utilizar el método IRB
1. Siempre que se cumplan las condiciones enunciadas en el presente capítulo, las autoridades competentes permitirán a las entidades calcular sus exposiciones ponderadas por riesgo mediante el método basado en calificaciones internas (en lo sucesivo denominado «método IRB»).
2. La autorización previa para utilizar el método IRB, así como estimaciones propias de pérdida en caso de impago (en lo sucesivo denominada «LGD») y factores de conversión, será necesaria en relación con cada categoría de exposiciones y cada sistema de calificación, cada método de modelos internos para el cálculo de las exposiciones de renta variable y cada método de estimación de la LGD y los factores de conversión que se emplee.
3. Las entidades deberán obtener la autorización previa de las autoridades competentes para:
a)
modificar sustancialmente el ámbito de aplicación de un sistema de calificación o un método de modelos internos para el cálculo de las exposiciones de renta variable que la entidad haya sido autorizada a utilizar;
b)
modificar sustancialmente un sistema de calificación o un método de modelos internos para el cálculo de las exposiciones de renta variable que la entidad haya sido autorizada a utilizar.
El ámbito de aplicación de un sistema de calificación comprenderá todas las exposiciones a las que dicho sistema se aplica para el cual se haya desarrollado ese sistema.
4. Las entidades notificarán a las autoridades competentes todas las modificaciones de que sean objeto los sistemas de calificación y los métodos de modelos internos para el cálculo de las exposiciones de renta variable.
5. La ABE elaborará proyectos de normas técnicas de regulación destinadas a especificar las condiciones para evaluar la importancia de la utilización de un sistema de calificación existente para otras exposiciones adicionales que no estén ya cubiertas por dicho sistema de calificación y modificaciones en los sistemas de calificación o los métodos de modelos internos para el cálculo de las exposiciones de renta variable, en el marco del método IRB.
La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 31 de diciembre de 2013.
Se delegan en la Comisión los poderes para adoptar las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero con arreglo a los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) no 1093/2010.
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