Art. 11 · Entrada en vigor

Art. 11

Entrada en vigor

En vigor desde 25 jun 2013
Artículo 11 Entrada en vigor El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Los artículos 8, 9 y 10 se aplicarán a partir del 1 de enero de 2015.
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