Art. 1
Ámbito de aplicación
En vigor desde 24 jun 2013
Artículo 1
Ámbito de aplicación
El presente Reglamento se aplicará a la notificación de los casos de violación de datos personales por parte de los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas disponibles para el público (denominados en lo sucesivo «los proveedores»).
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