Art. 11 · Coherencia con el Reglamento (UE) no 1176/2011

Art. 11

Coherencia con el Reglamento (UE) no 1176/2011

En vigor desde 21 may 2013
Artículo 11 Coherencia con el Reglamento (UE) no 1176/2011 Cuando un Estado miembro esté sometido a un programa de ajuste macroeconómico, el Reglamento (UE) no 1176/2011 no será aplicable a ese Estado miembro durante el período de vigencia del programa a no ser que los indicadores del cuadro de indicadores establecido en el Reglamento (UE) no 1176/2011 se integren en el seguimiento de dicho programa.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2013:472:oj#art-11