Art. 1

Art. 1

En vigor desde 13 may 2013
Artículo 1 1.   Se impone un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de artículos de cerámica para el servicio de mesa o de cocina —excluidos los cuchillos de cerámica, los molinillos de condimentos o especias de cerámica y sus partes molturadoras de cerámica, los peladores de cerámica, los afilacuchillos de cerámica y las piedras de cerámica de cordierita para cocinar pizzas o pan— clasificados actualmente en los códigos NC ex 6911 10 00 , ex 6912 00 10 , ex 6912 00 30 , ex 6912 00 50 y ex 6912 00 90 (códigos TARIC 6911 10 00 90, 6912 00 10 11, 6912 00 10 91, 6912 00 30 10, 6912 00 50 10 y 6912 00 90 10) y originarios de China. 2.   El tipo del derecho antidumping definitivo aplicable al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, del producto descrito en el apartado 1 y fabricado por las empresas enumeradas a continuación será el siguiente: Empresa Derecho (%) Código Taric adicional Hunan Hualian China Industry Co., Ltd.; Hunan Hualian Ebillion Industry Co., Ltd.; Hunan Liling Hongguanyao China Industry Co., Ltd.; Hunan Hualian Yuxiang China Industry Co., Ltd. 18,3 B349 Guangxi Sanhuan Enterprise Group Holding Co., Ltd. 13,1 B350 CHL Porcelain Industries Ltd. 23,4 B351 Shandong Zibo Niceton-Marck Huaguang Ceramics Limited; Zibo Huatong Ceramics Co., Ltd.; Shandong Silver Phoenix Co., Ltd.; Niceton Ceramics (Linyi) Co., Ltd.; Linyi Jingshi Ceramics Co., Ltd.; Linyi Silver Phoenix Ceramics Co., Ltd.; Linyi Chunguang Ceramics Co., Ltd.; Linyi Zefeng Ceramics Co., Ltd. 17,6 B352 Guangxi Province Beiliu City Laotian Ceramics Co., Ltd. 22,9 B353 Empresas enumeradas en el anexo I 17,9 Las demás empresas 36,1 B999 3.   La aplicación de los tipos individuales del derecho antidumping especificados para las empresas que se mencionan en el apartado 2 estará sujeta a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida, que deberá ajustarse a los requisitos del anexo II. Si no se presenta dicha factura, se aplicará el tipo de derecho aplicable a «las demás empresas». 4.   Salvo que se especifique lo contrario, serán de aplicación las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana.
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