Art. 18.tit_1 · Apertura de cuentas de haberes de persona y de cuentas de comercio en el Registro de la Unión

Art. 18.tit_1

Apertura de cuentas de haberes de persona y de cuentas de comercio en el Registro de la Unión

En vigor desde 2 may 2013
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2013:389:oj#art-18.tit_1