Art. 1
En vigor desde 22 abr 2013
Artículo 1
El Reglamento (CE) no 329/2007 queda modificado como sigue:
1)
El anexo IV se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo I del presente Reglamento.
2)
El anexo V queda modificado de conformidad con el anexo II del presente Reglamento.
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