Art. 7 · Validez de los certificados

Art. 7

Validez de los certificados

En vigor desde 22 mar 2013
Artículo 7 Validez de los certificados Los certificados serán válidos hasta el fin del segundo mes siguiente al mes de su expedición.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2013:281:oj#art-7