Art. 28
Ayuda estatal para la producción de tabaco
En vigor desde 13 mar 2013
Artículo 28
Ayuda estatal para la producción de tabaco
España queda autorizada para conceder una ayuda a la producción de tabaco en las Islas Canarias. La concesión de esa ayuda no podrá generar discriminaciones entre los productores del archipiélago.
El importe de la ayuda no podrá ser superior a 2 980,62 EUR por tonelada. La ayuda complementaria tendrá un límite de 10 toneladas anuales.
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