Art. 1

Art. 1

En vigor desde 19 feb 2013
Artículo 1 El Reglamento (CE) no 314/2004 queda modificado como sigue: (1) El anexo II se sustituye por el texto que figura en el anexo I del presente Reglamento. (2) El anexo III se sustituye por el texto que figura en el anexo II del presente Reglamento.
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