Art. 1
En vigor desde 8 feb 2013
Artículo 1
Se aplicará un coeficiente de asignación de 10,639726 % a las solicitudes de certificados de importación presentadas el 4 y el 5 de febrero de 2013, en virtud del artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1918/2006.
La expedición de certificados de importación por las cantidades solicitadas a partir del 11 de febrero de 2013 quedará suspendida para febrero de 2013.
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