Art. 76 · Derogación

Art. 76

Derogación

En vigor desde 5 feb 2013
Artículo 76 Derogación 1.   Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 73, apartado 2, del presente Reglamento, quedan derogadas la Directiva 2003/37/CE y las Directivas 74/347/CEE, 76/432/CEE, 76/763/CEE, 77/537/CEE, 78/764/CEE, 80/720/CEE, 86/297/CEE, 86/298/CEE, 86/415/CEE, 87/402/CEE, 2000/25/CE, 2009/57/CE, 2009/58/CE, 2009/59/CE, 2009/60/CE, 2009/61/CE, 2009/63/CE, 2009/64/CE, 2009/66/CE, 2009/68/CE, 2009/75/CE, 2009/76/CE y 2009/144/CE con efectos a partir del 1 de enero de 2016. 2.   Las referencias a las Directivas derogadas se entenderán hechas al presente Reglamento y deberán leerse, en lo que respecta a la Directiva 2003/37/CE, con arreglo al cuadro de correspondencias que figura en el anexo III.
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