Art. 1
En vigor desde 15 ene 2013
Artículo 1
El anexo II del Reglamento (UE) no 692/2011 queda modificado como sigue:
1)
La sección 1 se modifica como sigue:
a)
en la parte A, Desgloses sociodemográficos, la expresión «3. Nivel de enseñanza (opcional)» se sustituye por «3. Nivel de los estudios adquiridos (opcional)»;
b)
en la parte B, Desgloses sociodemográficos, la expresión «3. Nivel de enseñanza (opcional)» se sustituye por «3. Nivel de los estudios adquiridos (opcional)»;
c)
en la parte C, punto 3, la expresión «Nivel de enseñanza: elemental (CINE 0, 1 o 2), medio (CINE 3 o 4) o superior (CINE 5 o 6)» se sustituye por «Nivel de los estudios adquiridos: primer ciclo de secundaria como máximo, segundo ciclo de secundaria y postsecundaria no terciaria, o terciaria.».
2)
La sección 2, parte A, se modifica como sigue:
a)
en la columna Variables, punto 23, la expresión «Perfil del visitante (opcional): nivel de enseñanza» se sustituye por «Perfil del visitante (opcional): nivel de los estudios adquiridos»;
b)
en la columna Categorías que deben transmitirse, punto 23, las expresiones «a) Elemental (niveles CINE 0, 1 o 2)», «b) Media (niveles CINE 3 o 4)» y «c) Superior (niveles 5 o 6)» se sustituyen por las siguientes:
«a)
Primer ciclo de secundaria como máximo
b)
Secundaria superior y postsecundaria no terciaria
c)
Terciaria».
3)
La sección 3 se modifica como sigue:
a)
en la parte A, Desgloses sociodemográficos, la expresión «3. Nivel educativo» se sustituye por «3. Nivel de los estudios adquiridos (opcional)»;
b)
en la parte B, Desgloses sociodemográficos, la expresión «3. Nivel educativo» se sustituye por «3. Nivel de los estudios adquiridos (opcional)».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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