Art. 19 · Transparencia de los mecanismos de garantía del cumplimiento y exactitud de los datos

Art. 19

Transparencia de los mecanismos de garantía del cumplimiento y exactitud de los datos

En vigor desde 19 dic 2012
Artículo 19 Transparencia de los mecanismos de garantía del cumplimiento y exactitud de los datos Toda solicitud de inscripción como registro de operaciones contendrá los procedimientos implantados por el solicitante a fin de verificar: a) que la contraparte notificante o la entidad que presente los datos cumplen los requisitos de notificación; b) que la información facilitada es correcta; c) que es posible conciliar los datos entre registros de operaciones, cuando las contrapartes informen a distintos registros de operaciones.
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