Art. 37
Verificación del cumplimiento de los pliegos de condiciones
En vigor desde 21 nov 2012
Artículo 37
Verificación del cumplimiento de los pliegos de condiciones
1. En el caso de las denominaciones de origen protegidas, de las indicaciones geográficas protegidas y de las especialidades tradicionales garantizadas que designen productos originarios de la Unión, la verificación del cumplimiento del pliego de condiciones previa a la comercializarse del producto competerá a:
a)
una o varias de las autoridades competentes contempladas en el artículo 36 del presente Reglamento, y/o
b)
uno o varios de los organismos de control a tenor del artículo 2, punto 5, del Reglamento (CE) no 882/2004 y que actúen como organismos de certificación del producto.
Los costes derivados de la verificación del cumplimiento del pliego de condiciones podrán ser sufragados por los operadores que estén sujetos a tales controles. Los Estados miembros también podrán contribuir a dichos costes.
2. En el caso de las denominaciones de origen, de las indicaciones geográficas y de las especialidades tradicionales garantizadas que designen productos originarios de terceros países, la verificación del cumplimiento del pliego de condiciones previa a la comercialización del producto competerá a:
a)
por una o varias autoridades públicas designadas por el tercer país, y/o
b)
uno o varios organismos de certificación de productos.
3. Los Estados miembros publicarán el nombre y dirección de las autoridades y organismos a los que se refiere el apartado 1 del presente artículo y actualizarán periódicamente dicha información.
La Comisión publicará el nombre y dirección de las autoridades y organismos a los que se refiere el apartado 2 del presente artículo, y actualizará periódicamente dicha información.
4. La Comisión podrá adoptar actos de ejecución, sin aplicar el procedimiento previsto en el artículo 57, apartado 2, que definan los medios por los que se harán públicos el nombre y la dirección de los organismos de certificación de productos a los que se refieren los apartados 1 y 2 del presente artículo.
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