Art. 170 · Límites a efectos de la aplicación de los procedimientos al amparo de la Directiva 2004/18/CE

Art. 170

Límites a efectos de la aplicación de los procedimientos al amparo de la Directiva 2004/18/CE

En vigor desde 29 oct 2012
Artículo 170 Límites a efectos de la aplicación de los procedimientos al amparo de la Directiva 2004/18/CE (artículo 118 del Reglamento Financiero) 1.   Los límites a que se refiere el artículo 118 del Reglamento Financiero serán los establecidos en la Directiva 2004/18/CE para los contratos de suministros, de servicios y de obras, respectivamente. 2.   Los plazos a que se refiere el artículo 118 del Reglamento Financiero serán los especificados en los artículos 152, 153 y 154.
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