Art. 52
Conformidad de los actos de la Unión con el presupuesto
En vigor desde 25 oct 2012
Artículo 52
Conformidad de los actos de la Unión con el presupuesto
Cuando la aplicación de un acto de la Unión sobrepase los créditos disponibles en el presupuesto, dicho acto solo podrá ser puesto en práctica en términos financieros después de que se haya modificado el presupuesto en consecuencia.
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