Art. 5 · Protección de datos personales

Art. 5

Protección de datos personales

En vigor desde 25 oct 2012
Artículo 5 Protección de datos personales El presente Reglamento se entenderá sin perjuicio de las disposiciones de la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (11), y del Reglamento (CE) no 45/2001.
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