Art. 20 · Definición y ámbito de aplicación

Art. 20

Definición y ámbito de aplicación

En vigor desde 25 oct 2012
Artículo 20 Definición y ámbito de aplicación Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 21, la totalidad de los ingresos cubrirá la totalidad de los créditos de pago. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 23, los ingresos y los gastos se consignarán sin compensación entre sí.
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