Art. 24 · Procedimiento de comité

Art. 24

Procedimiento de comité

En vigor desde 25 oct 2012
Artículo 24 Procedimiento de comité 1.   La Comisión estará asistida por un comité. Este comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) no 182/2011. 2.   Cuando se haga referencia al presente apartado, será de aplicación el artículo 4 del Reglamento (UE) no 182/2011. 3.   Cuando se haga referencia al presente apartado, será de aplicación el artículo 5 del Reglamento (UE) no 182/2011.
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