Art. 4
Método de cálculo de un descenso significativo del valor de derivados
En vigor desde 5 jul 2012
Artículo 4
Método de cálculo de un descenso significativo del valor de derivados
En el caso de los instrumentos financieros pertenecientes a las categorías de derivados que se enumeran en el anexo I, sección C, puntos 4 a 10, de la Directiva 2004/39/CE y que tengan un único instrumento financiero subyacente que se negocie en una plataforma de negociación y en relación con el cual se haya determinado un descenso significativo del valor de conformidad con el artículo 2 o con el artículo 3, el descenso significativo del valor se calculará por referencia al descenso significativo del valor del instrumento financiero subyacente.
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