Art. 1

Art. 1

En vigor desde 20 jun 2012
Artículo 1 El anexo IV del Reglamento (CE) no 661/2009 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2012:523:oj#art-1