Art. 90 · Medidas transitorias relativas a las sustancias activas evaluadas con arreglo a la Directiva 98/8/CE

Art. 90

Medidas transitorias relativas a las sustancias activas evaluadas con arreglo a la Directiva 98/8/CE

En vigor desde 22 may 2012
Artículo 90 Medidas transitorias relativas a las sustancias activas evaluadas con arreglo a la Directiva 98/8/CE 1.   La Agencia se encargará de coordinar el proceso de evaluación de los expedientes presentados después del 1 de septiembre de 2012 y facilitará la evaluación ofreciendo a los Estados miembros y a la Comisión su ayuda técnica y de organización. 2.   Las solicitudes presentadas a efectos de la Directiva 98/8/CE cuya evaluación por los Estados miembros de conformidad con el artículo 11, apartado 2, de la Directiva 98/8/CE no esté terminada el 1 de septiembre de 2013 serán evaluadas por las autoridades competentes de acuerdo con lo dispuesto en el presente Reglamento y, cuando sea aplicable, en el Reglamento (CE) no 1451/2007. La evaluación se llevará a cabo sobre la base de la información suministrada en el expediente presentado de conformidad con la Directiva 98/8/CE. Cuando la evaluación determine la existencia de elementos que sean motivo de preocupación con respecto a la aplicación de las disposiciones del presente Reglamento, que no se incluían en la Directiva 98/8/CE, se ofrecerá al solicitante la oportunidad de presentar información adicional. Se hará todo lo posible para evitar ensayos adicionales con animales vertebrados. Se hará todo lo posible para evitar retrasos en el programa de revisión establecido en el Reglamento (CE) no 1451/2007 como resultado de la aplicación de estas medidas transitorias. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, la Agencia se encargará también de coordinar el proceso de evaluación de los expedientes presentados a efectos de la Directiva 98/8/CE cuya evaluación no esté terminada el 1 de septiembre de 2013 y facilitará la preparación de la evaluación ofreciendo a los Estados miembros y a la Comisión su ayuda técnica y de organización a partir del 1 de enero de 2014.
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