Art. 6 · Preparación de la información que deben presentar los Estados miembros

Art. 6

Preparación de la información que deben presentar los Estados miembros

En vigor desde 3 abr 2012
Artículo 6 Preparación de la información que deben presentar los Estados miembros Los datos de seguimiento detallados se declararán con la precisión indicada en el anexo II.
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