Art. 29
Poderes de la AEVM en situaciones de emergencia relacionadas con la deuda soberana
En vigor desde 14 mar 2012
Artículo 29
Poderes de la AEVM en situaciones de emergencia relacionadas con la deuda soberana
En caso de producirse una situación de emergencia relacionada con la deuda soberana o con permutas de cobertura por impago soberano, serán de aplicación los artículos 18 y 38 del Reglamento (UE) no 1095/2010.
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