Art. 1

Art. 1

En vigor desde 9 mar 2012
Artículo 1 Se aplicará un coeficiente de asignación de 57,099350 % a las solicitudes de certificados de importación presentadas el 5 y el 6 de marzo de 2012, en virtud del artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1918/2006. La expedición de certificados de importación por las cantidades solicitadas a partir del 12 de marzo de 2012 quedará suspendida para marzo de 2012.
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