Art. 1
En vigor desde 18 ene 2012
Artículo 1
1. Cada una de las solicitudes de certificado de importación al amparo del subcontingente III contemplado en el artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1067/2008 presentada entre el 6 de enero de 2012, a partir de las 13 horas, y el 13 de enero de 2012, a las 13 horas, hora de Bruselas, dará lugar a la expedición de un certificado por las cantidades solicitadas, multiplicadas por un coeficiente de asignación del 65,561415 %.
2. La expedición de certificados por las cantidades solicitadas a partir del 13 de enero de 2012, a las 13 horas, hora de Bruselas, al amparo del subcontingente III contemplado en el artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1067/2008, queda suspendida para el subperiodo contingentario en curso.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2012:38:oj#art-1