Art. 17.tit_1 · Condiciones suplementarias para la cuota de atún rojo asignada en el anexo ID

Art. 17.tit_1

Condiciones suplementarias para la cuota de atún rojo asignada en el anexo ID

En vigor desde 17 ene 2012
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2012:44:oj#art-17.tit_1