Art. 1

Art. 1

En vigor desde 6 ene 2012
Artículo 1 Se aplicará un coeficiente de asignación de 91,091273 % a las solicitudes de certificados de importación presentadas el 2 y el 3 de enero de 2012, en virtud del artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1918/2006. La expedición de certificados de importación por las cantidades solicitadas a partir del 9 de enero de 2012 quedará suspendida para enero de 2012.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2012:10:oj#art-1