Art. 14
Derogación
En vigor desde 13 dic 2011
Artículo 14
Derogación
Quedan derogados el Reglamento (CEE) no 357/79 y la Directiva 2001/109/CE con efecto a partir del 1 de enero de 2012.
Las referencias al Reglamento y a la Directiva derogados se entenderán hechas al presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2011:1337:oj#art-14