Art. 1
Objeto
En vigor desde 30 nov 2011
Artículo 1
Objeto
El presente Reglamento establece un Programa de apoyo a medidas destinadas a impulsar la consolidación y la aplicación de la política marítima integrada de la Unión («el Programa»).
La política marítima integrada de la Unión («la PMI») fomentará la toma de decisiones coordinada y coherente a fin de lograr el máximo de desarrollo sostenible, crecimiento económico y cohesión social en los Estados miembros, en particular en lo que respecta a las regiones costeras, insulares y ultraperiféricas de la Unión, al igual que en los sectores marítimos, por medio de políticas en materia marítima coherentes y de la cooperación internacional pertinente.
El Programa apoyará el uso sostenible de mares y océanos, así como la ampliación de conocimiento científico.
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