Art. 12 · Votación en el Consejo

Art. 12

Votación en el Consejo

En vigor desde 16 nov 2011
Artículo 12 Votación en el Consejo Para las medidas a que se refieren los artículos 7 a 11, el Consejo se pronunciará sin tomar en consideración el voto del miembro del Consejo que represente al Estado miembro de que se trate.
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