Art. 2
Definiciones
En vigor desde 16 nov 2011
Artículo 2
Definiciones
A efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
1) «componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento»: el sistema de supervisión multilateral establecido por el Reglamento CE) no 1466/97;
2) «componente corrector del Pacto de estabilidad y crecimiento»: el procedimiento para evitar el déficit excesivo de los Estados miembros regulado en el artículo 126 del TFUE y en el Reglamento (CE) no 1467/97;
3) «circunstancias económicas excepcionales»: las circunstancias en las cuales el exceso del déficit público sobre el valor de referencia se considera excepcional en el sentido del artículo 126, apartado 2, letra a), segundo guión, del TFUE y según lo previsto en el Reglamento (CE) no 1467/97.
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