Art. 1

Art. 1

En vigor desde 21 oct 2011
Artículo 1 1.   Se añaden a la lista establecida en el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) no 2580/2001 las personas mencionadas en el anexo I del presente Reglamento. 2.   Se retira de la lista establecida en el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) no 2580/2001 la persona mencionada en el anexo II del presente Reglamento.
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