Art. 30 · Cumplimiento de los requisitos esenciales

Art. 30

Cumplimiento de los requisitos esenciales

En vigor desde 10 ago 2011
Artículo 30 Cumplimiento de los requisitos esenciales La Agencia realizará una evaluación del sistema de expedición de licencias para controladores de tránsito aéreo que dispone el presente Reglamento y de otras mejoras que sean necesarias para adoptar un «planteamiento sistémico total de la aviación» y establecer el pleno cumplimiento de los requisitos esenciales descritos en el anexo V ter del Reglamento (CE) no 216/2008, con vistas a presentar un dictamen a la Comisión que incluya posibles modificaciones del presente Reglamento.
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